Es uno de los tantos requisitos necesarios para completar un trámite de clausura de sociedades de hecho y contribuyentes unipersonales.
Al momento de darse por finalizada la actuación de una sociedad de hecho o empresa, es necesario seguir una serie de pasos para informar al Banco de Previsión Social y la Dirección General Impositiva acerca de la decisión tomada. Ante esto, una de las tareas fundamentales para completar la clausura de una actividad es la entrega de toda la papelería impresa relacionada a las diferentes ramas de la actividad económica a la que se haya dedicado la organización. De esta manera, en esta oportunidad nos centraremos en analizar todo lo concerniente al formulario 453, cómo completar el trámite de clausura de actividades económicas, y mucho más. ¡Comencemos!
¿Qué es el formulario 453?
Como mencionamos, el formulario 453 es un documento con calidad de declaración jurada que debe de ser debidamente completado y presentado por todos aquellos contribuyentes unipersonales, sociedades de hecho, y monotributo que hayan decidido clausurar su actuación como tales. Siguiendo las normas establecidas por la Dirección General Impositiva (DGI), el o los interesados se encontrarán ante la obligación de completar este documento para determinar los datos de la papelería inutilizada, su destrucción o inutilización y conservación según corresponda.
El formulario 453 cuenta con un formato claro y simple, el cual consta de 4 rubros o secciones que deben completarse antes de realizar su presentación ante la DGI. Estas secciones incluyen las siguientes:
☑️ Identificación: rubro en donde se deberán aportar datos tales como la denominación, número de RUT, números telefónicos, y correo electrónico.
☑️ Datos de la papelería impresa inutilizada: en este rubro se determinará qué documentos deben de ser inutilizados y conservados, y cuáles deben pasar directamente a ser destruidos, aportando datos tales como número de autorización, comprobantes emitidos, causales de presentación de la declaración jurada por clausura, y otros tantos.
☑️ Firma del declarante: en esta sección simplemente se deberá estampar una firma, timbre y número de identificación para indicar que toda la información provista en este documento con carácter de declaración jurada es la correcta.
☑️ Constancia de recepción: en este cuarto y último rubro, se indicará la fecha de presentación del documento, al igual que la firma o sello correspondiente.
¿Cómo realizar el trámite de clausura?
Tal y como mencionamos anteriormente, todos aquellos contribuyentes unipersonales, sociedades de hecho, y sociedades gravadas por monotributo se ven obligadas a completar el debido trámite de clausura al finalizar a la hora de concluir su actividad. Se trata de un trámite cuyo plazo máximo para su realización es de 30 días, período que en caso de ser excedido puede suponer severas sanciones para los involucrados.
Requisitos
☑️ Formulario 453 para la entrega de papelería impresa junto a una copia de la cédula de identidad del titular o representante que realice el trámite.
☑️ Formulario 0355 cancelación firmado por al menos uno de los integrantes de la sociedad o patrón unipersonal.
☑️ Formulario declaración jurada trabajadores no dependientes 205.
☑️ Formulario 6351 o 6951 emitido vía web.
☑️ En caso de corresponder, presentar constancia de impresión no utilizada.
☑️ Presentar documentación original y copia de la constancia de clausura de actividades de la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social.
☑️ Dos fotocopias del documento de identidad de los titulares.
☑️ En caso que un representante acuda a la realización del trámite, el mismo deberá presentar su documento de identidad como representante de los interesados.
☑️ En caso que la causa de la clausura sea el fallecimiento de un titular, presentar certificado notarial.
Para completar el trámite, puedes hacerlo a través de dos modalidades, ya sea de forma online o presencial. Para ello, haz clic en el siguiente enlace y accede al sitio oficial del Banco de Previsión Social para continuar con el trámite.
Una vez dentro del sitio, dirígete a la sección inferior y presiona en el botón de “Hacer en línea” para realizar el trámite desde tu ordenador, o “Agendar Cita Personal” para realizar el trámite de forma presencial en alguna de las tantas dependencias de la Dirección General Impositiva.
Más Información
Para conocer más acerca del formulario 453 para la entrega de papelería impresa, al igual que todo lo concerniente al trámite de clausura de contribuyentes unipersonales, sociedades de hecho y monotributo, no dudes en hacer clic en el siguiente enlace. Dentro de este sitio oficial del Banco de Previsión Social te encontrarás con toda la información acerca de requisitos, pasos a seguir, y recomendaciones para completar el trámite sin mayores inconvenientes.
Por otra parte, puedes te recomendamos también acceder al sitio web oficial de la Dirección General Impositiva de Uruguay a través de www.dgi.gub.uy. Dentro de este sitio te encontrarás con una enorme cantidad de información de primera mano, guías, documentos para descargar, noticias hora a hora, y un excelente servicio de atención al público para quitarte cualquier tipo de duda acerca de éste y otros tantos trámites administrativos.
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Buenas para consultar;
Al cerrar una literal E , ¿cuando puedo abrir nuevamente la literal E ?