En caso que un ciudadano uruguayo fallezca o se ausente por un período prolongado, sus herederos deben encargarse de realizar un trámite de sucesión antes de contar con posesión legal de todos aquellos bienes registrados que éste ha dejado atrás, como ser por ejemplo el caso de vehículos o propiedades, incluyendo en caso de haberlas, sus deudas.
Una sucesión no es más que un trámite judicial iniciado al momento del fallecimiento de un ciudadano, o bien en aquellos casos en los que el individuo se ausenta por más de cuatro años. Sea cual sea el caso, sus herederos contarán con el derecho a estos bienes de acuerdo a lo establecido por la ley y lo estipulado por testamento, en caso de existir alguno.
Procedimiento del trámite de sucesión en Uruguay
Para dar inicio al trámite sucesorio en Uruguay, se deberá solicitar información en el Registro de Testamento, completando un formulario establecido, el cual permitirá saber si existe o no un testamento.
Luego, se deberá presentar un escrito ante el juzgado interviniente en el proceso para dar inicio al trámite, el cual implica acreditar el fallecimiento de la persona, publicitarlo para dar a conocer a los posibles acreedores y presuntos herederos que pudieran ignorar el acontecimiento.
El juez será quien dará una declaración sobre los herederos y bienes a heredar a través del certificado de resolución de autos, el cual estará inscripto en el Registro Público. En este certificado se enumeran todos los bienes del patrimonio de la persona fallecida y se declararán los herederos, listando uno por uno.
Quienes iniciaron el trámite deberán pagar el Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales en un plazo de un año desde la muerte de la persona.
¿Cómo tramitar una sucesión en Uruguay?
- El primer paso para tramitar una sucesión será el de determinar la existencia o no de un testamento en donde se indique en detalle la repartición de bienes entre los herederos. Para ello será necesario solicitar información en el Registro de Testamento (ver aquí), completando el formulario.
- Abonar el Impuesto de las Transmisiones Patrimoniales (ITP) es uno de los pasos más importantes del trámite de sucesión. Debe de tenerse en cuenta que es un requisito fundamental tener abonado este impuesto antes de inscribir el Certificado de Resultancias de Autos. Al momento de fallecer el individuo, sus herederos contarán con un plazo de un año para hacer efectivo este pago; transcurrido este período, se aplicarán multas y recargos que variarán de acuerdo a cada caso.
- A continuación, el/los interesados deberán presentar un escrito frente a un juez en donde se acredite efectivamente el fallecimiento o ausencia del individuo. A través de esto el juez podrá determinar a ciencia cierta quiénes son los herederos y cuáles son exactamente aquellos bienes o deudas que estos vayan a adquirir.
- El juez dictará la resolución del Certificado de Resultancias de Autos, documento que se encontrará inscripto en el Registro Público. Este certificado es sin más una síntesis de la resolución dictaminada, en donde se listaran en detalle todos aquellos bienes del difunto, así como también la distribución de los mismos entre los herederos.
- El trámite sucesorio se encontrará en proceso, lo cual puede demorar alrededor de unos tres meses.
Consideraciones a la hora del trámite de sucesión
Al momento de realizar el trámite de sucesión en Uruguay, el/los interesados deberán contactarse con un escribano que evalúe los aspectos del caso en particular. El especialista deberá comprobar la existencia, o no, de un testamento válido en donde se establezca de manera clara la distribución de bienes entre los herederos.
En caso de no existir un testamento, la sucesión tendrá lugar de acuerdo al orden parental, es decir, hijos, padres o abuelos del cónyuge, hermanos, tíos o primos, y como último orden, el Estado mismo.
¿Qué sucede si no se inicia la sucesión?
Los herederos legítimos, declarados por testamento o de acuerdo a la Ley vigente, deben iniciar el trámite sucesorio para poder tener acceso a la propiedad del bien.
Se trata de un trámite ineludible si se quiere transferir los bienes, es decir, venderlos, por lo que no hacerlo imposibilita tener acceso legal a la propiedad, como ser una casa o un auto. Además, la sucesión permitirá la partición o división de bienes, los cuales podrán ser adjudicados a una o más personas.
Según lo establece la ley, el orden de sucesión es el siguiente:
- Primer orden: los hijos del fallecido
- Segundo orden: padres o abuelos y el cónyuge
- Tercer orden: hermanos legítimos e hijos adoptivos
- Cuarto orden: padre o madre adoptantes y colaterales (como tíos y primos)
- Quinto orden: el Estado
Es necesario cumplir los trámites sucesorios en Uruguay para poder acceder a los bienes que se encuentran radicados en el país, sin importar si la persona fallecida es nativo del país o no. Por lo que los herederos son los principales interesados en dar inicio a este trámite judicial que se lleva adelante ante un escribano público.
Profesionales encargados de los trámites sucesorios
Generalmente en Uruguay el responsable de llevar adelante el trámite sucesorio es un escribano, aunque también pueden darse casos en donde los procedimientos los llevan adelante abogados.
Los escribanos que intervienen en el proceso de sucesión, deberán validar el testamento de la persona fallecida y determinar la partición de los bienes.
Se tiene en cuenta si existe un testamento, el contenido del testamento (como las personas que figuran y la asignación manifiesta de la persona), como así también se consideran los herederos establecidos por ley.
Buenas tardes; se puede incluir en una Sucesión Intestada ,en la Relación Jurada de bienes, los derechos posesorios sobre un inmueble?.
La consulta responde pues el causante nunca pagó contribuciòn inmobiliaria ( La Intendencia de Canelones no habilita el pago de dicho impuesto si no acredita la propiedad) y es de precepto que la Actuaria en el proceso sucesorio debe controlar el estar al dia en la Contribuciòn inmobiliaria y en el Impuesto de Primaria.
Gracias.
hola ,tengo la sucesion terminada pero la abogada esta demorando en darme los doc, ya no confio en ella . la pregunta es : como es el o los documentos a retirar?? cuando me llame qiero estar segura que me entregue todo lo que corresponde ,
desde ya muchas gracias saludos ysa ,
Pregunta si hay una propiedad a nombre de una persona que falleció que está casado y tienen un hijo en común que le corresponde a la esposa y que a su hijo se puede abrir susecion despues de muchos años
Buenas tardes, mi consulta es qué se tiene que presentar para iniciar una susecion.
y como puedo saber si se inicio la susecion.
Comprendo: que la sucesión, es la división, del inmueble u otras, ahora nosotros por ejemplo tenemos, a mi madre y a su hermana.
Entonces, estos van a iguales partes divididas sin, importar intereses de alguna?
Atte: Eduardo Molina
Gracias.